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lunes, 29 de diciembre de 2008

PRECIOS DE ELECTRICIDAD EN EL PERU

Este Post se mejora continuamente. Si bien este post se centra únicamente en los aspectos básicos de las tarifas eléctricas en el Perú, para más detalles y profundizar en distintos temas relacionados se pueden consultar en las siguientes publicaciones:

A. Conoce más sobre la Tarifa Eléctrica

B. La Industria de la electricidad en el Perú (25 años)

C. Políticas Regulatorias aplicadas a los sectores de energía y minería


 1.0 Actividades en el Sector Electricidad 

Es importante comenzar mencionando que las principales actividades del sector eléctrico son tres:

Generadores.- Son aquellas empresas que tienen la concesión de una instalación de generación (son los que producen la electricidad) se clasifican por el tipo de energético que utilizan para producir electricidad, estas pueden ser hidráulicas, térmicas o renovables no convencionales.

Transmisores.- Son aquellas empresas que tienen la concesión de una instalación de transmisión osea líneas de transmisión en Muy Alta (MAT), Alta Tensión (AT) y dependiendo de las características del sistema eléctrico también en algunos casos Media Tensión (MT). Sólo permiten el transporte de la electricidad desde un punto de generación hacia otro de gran consumo.

Distribuidores.- Son aquellas empresas que tienen la concesión de un área territorial dentro de la cual están obligadas a atender a los usuarios regulados y de ser el caso poder contratar con usuarios libres dentro de su área de distribución. Los Distribuidores son las empresas encargadas de llevar la electricidad hasta el punto de consumo final (usuarios finales), como podrían ser nuestras casas por ejemplo en Perú algunos son: ENEL DISTRIBUCIÓN, HIDRANDINA, SEAL, ELECTRO SUR ESTE y LUZ DEL SUR.

 2.0 Tipos de Usuarios 

Antes de continuar esta explicación sobre los precios de electricidad en el Perú es necesario definir dos tipos de usuarios:

2.1 Usuario Regulado.- Son aquellos cuyos suministros (servicios) están sujetos a regulación de precios y cuyo límite de potencia (demanda máxima) es fijado en 200 kW.

El usuario regulado en resumen es aquel para el cual los precios de electricidad que debe pagar son regulados en su totalidad, es decir no puede negociarlos libremente. Además, sólo puede contratar con el distribuidor del área de concesión en la cual está ubicado el suministro. Por ejemplo, en Lima los distribuidores son dos: ENEL DISTRIBUCIÓN (para la zona norte) y LUZ DEL SUR (para la zona sur), estos atienden a los usuarios regulados de la zona norte y sur de Lima, respectivamente.

2.2 Usuario Libre.- Son aquellos cuya demanda máxima anual sea mayor de 2.5 MW.

Los usuarios libres por su parte pueden pactar libremente sus precios de electricidad y contratar sus suministros directamente con un generador o distribuidor de electricidad.

Los usuarios libres en el país representan un poco menos de la mitad de la demanda eléctrica (mayor a 50%). Los usuarios calificados como libres son aproximadamente entre 1377 con (2248 puntos de suministro). Para conocer los consumos y lista de los clientes libres pueden acceder a esta dirección:

Datos de Clientes Libres del mes de Diciembre de 2019

2.3 Usuarios que pueden optar ser regulados o libres.-

Los Usuarios cuya máxima demanda anual sea mayor de 200 kW, hasta 2500 kW, tienen derecho a elegir entre la condición de Usuario Regulado o de Usuario Libre.

Desde el año 2014 y en mayor cantidad desde el 2017 hay un incremento permanente del número de usuarios libres, esto debido a que suministros que eran regulados comenzaron a firmar contratos con generadores y distribuidores, debido a que les ofrecen precios más baratos que la tarifa regulada. Este "éxodo" del mercado regulado al libre ha incrementado el número de usuarios libres en más del doble. Esto se ha conocido como migración de clientes libres y regulados.

 3.0 Precios para Usuarios Regulados 

Lo que sigue de esta explicación (post) aplica a los usuarios regulados (que somos la mayoría) pues los precios de electricidad en nuestro caso son regulados completamente.

En el Perú el precio que se paga por la energía eléctrica es regulado por el OSINERGMIN para los sistemas de uso público de la electricidad.

La Tarifa que pagan los usuarios regulados finales, está compuesta por:

  1. Precio a Nivel de Generación:
  2. Precio Básico de Potencia
  3. Peaje Conexión por Transmisión Principal
  4. Peajes Secundarios y Complementarios
  5. Valor Agregado de Distribución

El Artículo 43º de la Ley de Concesiones Eléctricas (LCE) y  la Única Disposición Complementaria
Modificatoria de la Ley N° 28832, enumeran los casos para los cuales se establece la regulación de precios.

3.1 Tarifas en Barra (Energía y Potencia)

Los procesos de fijación de tarifas en barra se realizan anualmente iniciando el proceso en Noviembre del año previo a la fijación y finalizan en Mayo del año de fijación de tarifas. En este proceso se regulan los precios básicos de potencia y energía.

La metodología utilizada por OSINERGMIN-GRT para fijar los precios regulados de potencia y energía en las barras de referencia (subestaciones base) del sistema eléctrico a niveles de Alta Tensión (nodo eléctrico en donde confluyen grandes cargas, ejemplo las subestaciones S.E Chavarria, S.E. Santa Rosa y S.E. San Juan en Lima y SE Socabaya en Arequipa) en resumen es como sigue:

3.1.1 Precio en Barra (precio básico de la energía)

1. El horizonte de tiempo en el cual se proyectan los precios en barra son de 4 años (el año anterior, el año de fijación y dos años futuros), en base al crecimiento proyectado de la demanda y el plan de obras previsto en el horizonte mencionado que permita cubrir la demanda proyectada, es decir la incorporación de nuevas centrales hidráulicas y térmicas debe atender la demanda de energía con un margen de reserva.

2. Se proyecta la demanda para los próximos veinticuatro (24) meses y se determina un programa de obras de generación y transmisión factibles de entrar en operación en dicho período.

3. Se determina el programa de operación que minimice la suma del costo actualizado de operación para el período de estudio, tomando en cuenta: las series hidrológicas históricas, los embalses, los costos de combustible y la tasa de actualización de 12%.

4. Los Costos marginales son resultado de un proceso de optimización, que minimiza el costo de operación del sistema, por el uso de centrales para abastecer la demanda.

5. El precio básico de la energía corresponde al valor estabilizado de los costos marginales esperados para un período de 36 meses (24 hacia delante y 12 hacia atrás).

3.1.2 Precio Básico de la Potencia

Se determina a partir de una unidad turbogas como la alternativa más económica para abastecer el incremento de la demanda durante las horas de máxima demanda anual. El Precio Básico de Potencia corresponde a la anualidad de la inversión en la unidad de punta (incluidos los costos de conexión) más sus costos fijos de operación y mantenimiento anual. El Procedimiento para determinar el Precio Básico de la Potencia es como sigue:

1. Se determina la Anualidad de la Inversión;

2. Se determina el Costo Fijo anual de Operación y Mantenimiento estándar;

3. Se suman los costos unitarios estándares de la Anualidad de la Inversión más la Operación y Mantenimiento;

4. Se determinan los factores que tomen en cuenta la Ubicación de la unidad, la Tasa de Indisponibilidad Fortuita de la unidad y el Margen de Reserva Firme Objetivo del sistema;

5. El Precio Básico de la Potencia es igual al Costo definido en el numeral 3) por los factores definidos en el numeral 4).

3.2 Precio de Nivel de Generación

Precio a Nivel Generación es el promedio ponderado de:

  • Promedio entre Precio en Barra y precios de contratos bilateralmente pactados
  • Precios de contratos producto de licitaciones firmados por los concesionarios de distribución, excluyendo cargos de transmisión
3.2.1 Precio de las Licitaciones de Suministro

Las Licitaciones de suministro de energía son realizadas por los Distribuidores para atender a sus usuarios regulados y libres.

1. Se establecen mediante contratos con precios firmes.

2. La supervisión está a cargo de OSINERGMIN: Aprobación de Bases, modelos de contrato, condiciones del proceso, fórmulas de actualización de precios.

3. El Precio Máximo es establecido por OSINERGMIN.

4. La Oferta es por la componente de energía

3.3 Tarifas del Sistema de Transmisión

Las tarifas del Sistema Principal de Transmisión y Sistema Garantizado de Transmisión se realizan cada año conjuntamente con la fijación de Tarifas en Barra. En el caso de los Sistemas Secundarios y Complementarios el proceso de fijación de tarifas se realiza cada cuatro años. Así según lo contemplado en la Ley 28832 “Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la Generación de Electricidad” en su Artículo Nº 20 se define los siguientes sistemas de transmisión:

“El sistema de transmisión del SEIN está integrado por instalaciones:

a) Del Sistema Garantizado de Transmisión
b) Del Sistema Complementario de Transmisión.
c) Del Sistema Principal de Transmisión.
d) Del Sistema Secundario de Transmisión.”

· Sistema Garantizado de Transmisión.- son aquellos cuyo conjunto de instalaciones de transmisión se construyen como resultado del Plan de Transmisión (El Plan de Transmisión será desarrollado por el COES).

· Sistema Complementario de Transmisión.- son aquellas instalaciones de transmisión que no conforman el Sistema Garantizado de Transmisión.

· Sistema Principal.- son aquellas instalaciones que permiten a los generadores comercializar potencia y energía en cualquier barra de dicho sistema es decir permite el intercambio de electricidad y la libre comercialización de la energía eléctrica.

· Sistemas Secundarios.- son aquellas instalaciones que permiten a los generadores conectarse al sistema principal o comercializar potencia y energía en cualquier barra de estos sistemas. También son aquellas instalaciones de transmisión destinadas a transferir electricidad hacia un distribuidor o consumidor final, desde una Barra del Sistema Principal.

El pago por el Sistema Principal de Transmisión en la actualidad está estructurado de tal forma que el 16.5% de este pago está destinada a pagar la Garantía por Red Principal de Camisea (GRP) este porcentaje se ha venido reduciendo conforme el ducto ha venido copando su capacidad de transporte.

3.3.1 Sistemas Principal y Secundario para estos el sistema a remunerar contempla lo siguiente:

1. Costos de Inversión de los activos de transmisión y transformación
2. Costos estándares de operación y mantenimiento (COyM)

Estos costos son referidos no del sistema existente, sino del Sistema Económicamente Adaptado (SEA) que se define como “… aquel sistema eléctrico en el que existe una correspondencia de equilibrio entre la oferta y la demanda de energía, procurando el menor costo y manteniendo la calidad del servicio” según la Ley de Concesiones Eléctricas.

3.3.2 Sistemas Garantizados y Complementarios para estos el sistema a remunerar contempla:

1. Costos de Inversión de los activos de transmisión y transformación
2. Costos estándares de operacion y mantenimiento (COyM)

Del sistema existente producto de la licitación pública en el caso de los Sistemas Garantizados y de los costos reconocidos por OSINERGMIN en caso de los sistemas Complementarios.

Los Sistemas de Transmisión Garantizados son aquellos que son determinados en el Plan de Transmisión elaborados por el COES y que sean construidos como producto de una licitación pública.

3.4 Tarifas de Distribución

Se establece el Valor Agregado de Distribución cada cuatro (4) años. Existen 8 sectores típicos en los cuales se definen el VAD de cada sector según la siguiente clasificación:

         1.   Urbano de alta densidad
         2.   Urbano de media densidad
         3.   Urbano de baja densidad
         4.   Urbano – Rural
         5.   Rural de media densidad.
         6.   Rural de baja densidad.
    SER.   Sistemas Eléctricos Rurales calificados por el MEM según Ley General de Electrificación
                Rural
Especial. Sistema de Distribución Villacuri

De acuerdo al artículo 64° de la LCE, el VAD considera los siguientes componentes:

· Costos asociados al usuario
· Pérdidas estándar
· Costos estándar de inversión, operación y mantenimiento.

De acuerdo al artículo 147° del Reglamento de la LCE, el VAD considerará factores de simultaneidad que ajusten la demanda a la suma de la potencia contratada con los usuarios y las respectivas pérdidas. Dichos factores son:

· Número de horas de uso BT5A y BT5B.
· Factores de coincidencia y contribución a la punta (aplicable a tarifas en MT y BT).
· Factor de corrección del VAD por ventas de potencia en fuera de punta (PTP).

4.0 Opciones Tarifarias para el cliente final

Finalmente, existen diferentes opciones tarifarias para los clientes regulados que se clasifican en usuarios en Media Tensión (MT) y en Baja Tensión (BT) de la siguiente manera:

Media Tensión : MT2, MT3, MT4

Baja Tensión : BT2, BT3, BT4, BT5A, BT5B, BT5C, BT5C-AP, BT5D, BT6 y BT7

Todas las opciones tarifarias han sido definidas en la Resolución Nº 206-2013-OS/CD


5.0 Composición de la Tarifa de un cliente residencial

Sobre la base de las opciones tarifarias OSINERGMIN-GRT establece los pliegos tarifarios para cada sistema eléctrico que todas las empresas de distribución eléctrica van a aplicar a los usuarios finales.

Todos los pliegos publicados mensualmente por departamento, empresa y sistemas eléctricos se publican en la siguiente ruta ---->>> Pliegos Tarifarios

De la aplicación de los pliegos tarifarios a los clientes finales se tiene un desagregado porcentual de la tarifa eléctrica para un usuario residencial con una opción tarifaria tipo BT5B y que consume en promedio 125 kWh en la ciudad de Lima con datos de agosto del año 2016:

Energía : 34.5%
Potencia : 15%
Transmisión Principal : 18%
Transmisión Secundaria : 3%
Distribución : 29%